Tiene el Gobierno de Los Cabos un Código de Ética para sus servidores públicos

Tiene el Gobierno de Los Cabos un Código de Ética para sus servidores públicos

Abril 10, 2023

Los Cabos, BCS.-Luego de reconocerse la potestad de la Contraloría General para emitir el Código de Ética para los servidores públicos de Los Cabos, el documento distribuyó en todas las áreas del Ayuntamiento para que todos los colaboradores conozcan y comprendan al instrumento que pretende orientar a cada dependencia, a fin de favorecer principio, valores y reglas de integridad para el desarrollo de una cultura de trabajo que reafirmen la vocación de servicio fomentando el servicio de pertenencia y lealtad a la institución.

Por lo anterior, el Código busca contribuir al cumplimiento de la misión y visión institucional, para crear y mantener condiciones normativas adecuadas al funcionamiento del Estado en su conjunto y la actuación ética y responsable de cada servidor público, así lo informó la contralora general del XIV Ayuntamiento de Los Cabos, Lorena Isela Berber Holguín, quien recalcó la importancia de conocer y comprender este instrumento para que quienes laboran como servidores públicos asuman el compromiso de cumplir con cada precepto durante el desempeño de su empleo, cargo o comisión.

“A través de la Coordinación Municipal Anticorrupción adscrita a la Contraloría General, desde el pasado 22 de marzo se firmó el Código de Ética, para lo cual, a partir de la fecha promovemos programas de difusión, capacitación y sensibilización del instrumento normativo a través de diversos medios como los portales de internet www.loscabos.gob.mx y www.transparencialoscabos.gob.mx, así como en la página de Facebook Ayuntamiento de Los Cabos”, explicó la Contralora.

Cabe destacar que aunado a esas acciones, las dependencias del Ayuntamiento de Los Cabos trabajan en la requisición y remisión a Contraloría del formato de carta compromiso de todo el personal a su cargo y que tendrá que entregarse a más tardar el 15 de junio del presente año.

“Asimismo, las dependencias y entidades comprendidas en el artículo 22 y 23 del Código en mención, deberán emitir sus respectivos Códigos de Conducta debidamente aprobados en un término no mayor a 90 días hábiles, por lo que ya les fue proporcionada una guía para su elaboración correspondiente”, concluyó Berber Holguín.