Tribunal Electoral da ‘jalón de orejas’ al IEE en investigación de denuncias

Tribunal Electoral da ‘jalón de orejas’ al IEE en investigación de denuncias

La Paz, BCS.-En las denuncias electorales no hay cabida para suposiciones o especulaciones, estableció la magistrada presidenta del Tribunal Estatal Electoral (IEE), Betsabé Dulcinea Apodaca Ruíz, pues advirtió que ello puede incidir de manera dolosa en el ánimo de las contiendas electorales.

Durante la sesión del organismo, donde por unanimidad se aprobó la sanción al presidente municipal de La Paz, Rubén Muñoz Álvarez, consistente en la amonestación pública por actos anticipados de precampaña, la funcionaria electoral dio una especie de ‘jalón de orejas’ al Instituto Estatal Electoral (IEE) que fue el que presentó el expediente en contra del Alcalde paceño.

En el Procedimiento Especializado Sancionador seguido de oficio por el IEE en contra de Rubén Muñoz, se argumentó la falta por actos anticipados de campaña, durante una rueda de prensa ofrecida el pasado 14 de diciembre, pero no así la vulneración del principio de imparcialidad por uso de recursos públicos en dicho evento, ya que no se presentaron pruebas, imperando por ello el principio de presunción de inocencia.

Por este motivo, la Magistrada Presidenta del TEE destacó que la investigación que se debe realizar en este tipo de casos, debe ser con los más altos estándares de cuidado y diligencia.

Recordó que el derecho administrativo sancionador electoral es una expresión del ejercicio de la potestad punitiva del Estado, cuyos procedimientos exigen la observancia de ciertas reglas y principios específicos, por tratarse de procesos que pueden tener como resultado la imposición de sanciones.

Por ello, expuso que la responsabilidad de los denunciados, debe ser demostrada fehacientemente en un procedimiento donde rijan las garantías del debido proceso, así como la presunción de inocencia.

“De ahí que al hacer acusaciones, formular imputaciones o imponer sanciones, debe regir en todo momento la fundamentación y motivación como reglas imprescindibles de actuación”, apuntó Betsabé Apodaca.

Insistió en que al carecer de alguno de estos principios, se puede incurrir en una falta grave de probidad y objetividad por parte de las autoridades, cayendo incluso en la imparcialidad, ya que más que vulnerar en lo particular “pueden incidir de forma dolosa en el ánimo de las contiendas electorales, al ejercerse irresponsablemente la potestad punitiva del Estado”.

Mencionó que con esto se puede faltar además al principio de legalidad e inclusive llegar a viciar un proceso electoral.

La titular del Tribunal Estatal Electoral remarcó que en ese ánimo, es de vital importancia que en este tipo de procedimientos “las autoridades nos sujetemos invariablemente a los principios que rigen nuestra actuación”.

Recordó que la investigación que se realice toma un papel fundamental para que en la sede jurisdiccional se pueda emitir una resolución justa, basada en los elementos que se tengan en el expediente “de manera que no hay cabida para suposiciones o meras especulaciones”, subrayó.

Explicó que si bien el Tribunal que preside tiene la responsabilidad de sancionar a quienes incurran en violaciones a la normativa electoral, esta labor se realiza en coordinación con el Instituto Estatal Electoral, quien se erige como autoridad investigadora ante la presentación de quejas o denuncias. (Por: Arturo Nieves. Foto: Archivo).