Ratifica TEPJF sanción contra Alberto Rentería por violencia política en razón de género contra Armida Castro

Ratifica TEPJF sanción contra Alberto Rentería por violencia política en razón de género contra Armida Castro

La Paz, BCS.-La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del Tribunal Estatal Electoral (TEE) de Baja California Sur, de que el presidente estatal del Partido  Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Alberto Rentería Santana, ejerció violencia política en razón de género en contra de Armida Castro Guzmán.

De esta manera, al dirigente morenista ahora solamente le queda recurrir a la última instancia, que es la Sala Superior, a menos que acepte la sanción impuesta inicialmente, de una disculpa pública y el pago de 90 UMA’s (Unidad de Medida y Actualización); es decir, unos ocho mil pesos, además de que sería incluido en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

De acuerdo al comunicado emitido por la Sala Regional Guadalajara, se establece que al analizar el juicio electoral 10 y su acumulado “el Pleno confirmó la resolución emitida por el Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur, en la que se declaró la existencia de violencia política por razón de género, pues tal como lo señaló la responsable, las manifestaciones realizadas sí constituyeron violencia simbólica que propició confusión y desinformación a la militancia de Morena en dicha entidad, al generar la idea de que la candidatura a la Presidencia Municipal de Los Cabos, debía ser para un hombre, inhibiendo la participación de las mujeres, ante la idea de que no tendrían posibilidades de ganar”.

La inconformidad de la entonces presidenta municipal en funciones de Los Cabos, Armida Castro Guzmán (actualmente con licencia), se debió a que el dirigente estatal de Morena dijo a algunos medios de comunicación, que la candidatura de la coalición de ese partido con el Partido del Trabajo (PT) recaería en un hombre, cuando ella, siendo militante de Morena en ese entonces, había manifestado la intención de reelegirse, argumentando el dirigente morenista que las evaluaciones confirmaban que no tenía posibilidades de ganar.

Con dos votos a favor de los magistrados Gabriela del Valle Pérez y Jorge Sánchez Morales, y la postura en contra de Sergio Arturo Guerrero Olvera, se determinó aprobar el resolutivo, que desechó la impugnación presentada por Rentería Santana en contra del dictamen inicial que emitió el TEE de Baja California Sur, el pasado 15 de febrero.

En aquella ocasión, el organismo local determinó que el dirigente morenista incurrió en violencia simbólica en razón de género, que se entiende como aquella que por ser tan común entre la sociedad, se invisibiliza y no se palpa, y calificó de inadmisible y grave en el marco del proceso electoral, pretender generar una percepción de poca competitividad de las mujeres en la candidatura de Los Cabos.

Al respecto, el magistrado Sergio Arturo Guerrero Olvera, quien votó en contra del resolutivo, justificó que por ser un tema relativamente novedoso, la legislación en la materia todavía es ambigua en muchos casos, lo que impide determinar claramente la violencia simbólica en razón de género, pues actualmente no hay criterios interpretativos claros para ello. (Por: Arturo Nieves).