Con poco más de 120 mil votos se podrá revocar mandato del Gobernador en BCS
Octubre 28, 2023
La Paz, BCS.-Para concretar una revocación de mandato del Gobernador de Baja California Sur, cuando menos se requerirán de poco más de 120 mil votos a favor, en consulta a la que convocaría el Instituto Estatal Electoral (IEE), confirmó el diputado Armando Martínez Vega.
Uno de los autores de esa iniciativa que fue aprobada finalmente en la sesión del pasado jueves en el Congreso del Estado, estableció que sin embargo, esa decisión solo se aplicará cuando el ciudadano considere que el gobernante desvirtúa la función de gobierno, no cumple con la expectativa o con lo que prometió en campaña.
Señaló que esa petición de revocación de mandato, solamente se podrá hacer un mes antes de que el Gobernador en turno cumpla con los primeros tres años del sexenio, conforme a como quedó establecido en la Constitución Política del Estado, y que en su momento se emitirán los aspectos específicos, una vez que se logre la armonización de las leyes secundarias.
Pero este procedimiento no será nada fácil, pues de entrada él o los interesados en presentar la solicitud de revocación de mandato, deberán entregar al IEE 60 mil firmas, que representan el 10% del padrón electoral del Estado.
Posteriormente, la autoridad electoral, que será el árbitro en este caso, convocaría a una consulta de revocación de mandato, en la que deberá participar al menos el 40% del padrón electoral, para que sea válido, lo que significaría alrededor de 240 mil personas.
Y para que proceda la revocación de mandato, se tendría que alcanzar al menos el 50% más 1 del total de votos, siempre y cuando se alcanzara al menos el 40% de participación con relación al padrón electoral.
Armando Martínez, comentó que a partir del jueves que se aprobaron las reformas constitucionales en ese sentido, la décima sexta Legislatura tiene un plazo de 30 días hábiles para armonizar las leyes secundarias.
Posteriormente se someterían a votación en el Pleno del Congreso del Estado, y si son aprobadas, se turnaría al Ejecutivo para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y a partir de esa fecha, la disposición comenzaría a tener vigencia. (Por: Arturo Nieves).